Un joven, absuelto de una presunta agresión sexual a una adolescente de 14 años por la que pedían 12 de prisión

La Audiencia Provincial de Madrid ha absuelto a un joven de una presunta agresión sexual a una adolescente de 14 años por la que pedían 12 de prisión. El tribunal, compuesto por dos magistradas y un juez, considera que no ha quedado acreditado en el juicio que la denunciante «no diera su consentimiento a mantener» las relaciones sexuales con el procesado. «No existe prueba de cargo suficiente», se afirma en la sentencia, muy bien fundamentada y que no es firme.

Tampoco se ha probado que el joven supiera la edad de la menor cuando ocurrieron los hechos en agosto de 2021. Ella estaba a punto de cumplir 15 años y él ya había soplado 18. El acusado, que contactó con la adolescente a través de Instagram, aseguró al tribunal que la chica le dijo que tenía 18 años, aunque ella lo negó en la sala.

Después de dos semanas de enviarse mensajes mutuamente, ambos se citaron una tarde en las cercanías de la estación de tren de El Pozo. Allí, el procesado le propuso beber y compraron cuatro litronas de cervezas en un establecimiento cercano. Se las tomaron en un parque sentados en un banco, donde se besaron y el joven le propuso mantener relaciones sexuales detrás de unos arbustos. Ella le respondió que sí y hubo penetración vaginal, según se relata en la sentencia, de la que una magistrada es la ponente. Luego el chico la acompañó a su casa en un trayecto de unos 20 minutos a pie.

En el fallo se indica que la denunciante, ahora con 18 años, incurre en contradicciones y variaciones en su relato en una comisaría de Policía Nacional y en el plenario. Al tribunal también le parece «pugnar con las reglas de la lógica» que la joven afirme que no era consciente de lo que pasaba en el parque y que, sin embargo, «se diera cuenta de que un señor mayor los estaba mirando mientras comía pipas y que eso la hizo sentirse muy avergonzada».

En el juicio también declaró un policía nacional que atendió a la joven en comisaría al día siguiente de los hechos. El agente explicó que ella «en ningún momento» dijo que le hubieran echado alguna sustancia en la bebida, por lo que no se plantearon una sumisión química. El médico forense que estuvo en la exploración de la menor atestiguó que no se observó ninguna lesión.

La Fiscalía y la acusación particular pedían 12 años de cárcel para el procesado, defendido de oficio por la abogada María Ángeles Ten, quien sostuvo que la menor consintió las relaciones sexuales. También aludió al artículo 183 bis del Código Penal. Se conoce como la cláusula Romeo y Julieta por la cercanía en edad y en el grado de madurez de ambos, y el tribunal lo tiene en cuenta en su sentencia. «La distancia entre las edades no nos parece tan lejana como para dejar de apreciar el elemento de la proximidad», afirma la ponente, quien añade: «La madurez de la menor no era muy distante a la del procesado. El tribunal ha podido percibir de sus declaraciones que tienen una manera de expresarse similar y un grado de madurez similar, con un entorno social parecido y similar modo de vida».

El joven, ahora con 22 años, pasó dos semanas en prisión provisional porque no comunicó el cambio de domicilio ni el teléfono a la Audiencia, que trató de localizarlo porque se pedía una pena de prisión muy alta y había riesgo de que eludiera la acción de la Justicia.

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